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art 585 ley enjuiciamiento civil

1 Comentarios
 
Art 585 ley enjuiciamiento civil
perfil nei
26/01/2009 15:49
alguien podria explicarme de manera sencilla lo que significa en un proceso de embargo que el ejecutado puede evitar éste mediante consignacion?Que es la consignacion?
Y que quiere decir el art. 586 cuando se refiere a que el ejecutado formulare oposición?
Muchas gracias.
26/01/2009 21:00
Consignar es depositar el dinero que te estén reclamando a través del juzgado. La oposición es que te opongas al procedimiento judicial iniciado contra ti.