alguien podria explicarme de manera sencilla lo que significa en un proceso de embargo que el ejecutado puede evitar éste mediante consignacion?Que es la consignacion?
Y que quiere decir el art. 586 cuando se refiere a que el ejecutado formulare oposición?
Muchas gracias.
Consignar es depositar el dinero que te estén reclamando a través del juzgado. La oposición es que te opongas al procedimiento judicial iniciado contra ti.