Hola a todos, estoy estudiando oposiciones y no tengo claro para que sirve este art. Entiendo que es una forma de allanarse a las pretensiones del solicitante de la ejecución, por parte del que va a ser ejecutado provisionalmente. Mi pregunta es, ¿ obtiene alguna ventaja procesal, o de cualquier otra naturaleza el que condenado provisional? Garacias.
Hombre, se ahorra parte de las costas de la ejecución. Imagina que le han embargado un inmueble, la anotación en el registro, el avalúo, la certificación de cargas, etc. todo cuesta dinero que va a tener que pagar el ejecutado. Además de perder un bien si llega a ejecutarse del todo antes de que se resuelva la apelación.