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Art 458.1 LEC, plazo recurso apelación

1 Comentarios
 
18/12/2017 17:20
xavi1000
Como te han dicho, el plazo empieza a correr desde que te notifican a ti, con independencia del resto de partes.

Nada que hacer.
Art 458.1 lec, plazo recurso apelación
18/12/2017 00:08
Mirad, se me notificó una Sentencia por un Juzgado de lo Mercantil, quiero recurrir en Apelación a la Audiencia Provincial. Yo soy el actor, hay 2 demandados, uno fue notificado por su Procurador, el otro al estar en Edictos, tuve que pagar 85 € y notificarle por el DOGV, una vez notificado, meto el recurso de apelación y me dice el Juzgado, que estoy fuera de plazo, ya que mis 20 días cuentan desde que me notifican a mí. Y yo tenía preparado el recurso hace mucho, pero esperé a notificar al codemandado por edictos. Puedo recurrir en queja ante la Audiencia. POR FAVOR AYUDARME.