Os agradecería que me indicáseis como entendeis el Art. 39º Complemento por mejora de productividad del Convenio de Industria Metal de la Comunidad de Madrid, y como lo estais aplicando vosotros. Dicho artículo dice textualmente: "Coincidiendo ambas partes en la conveniencia de mejorar la productividad y como estímulo, entre otros, para dicho logro, se establece un plus por productividad mensual del 0,5 por 100 del salario de convenio dividido en 12 mensualidades, el cual se devengará por mes efectivo de trabajo vencido y se percibirá por una sola vez cada mes, siempre y cuando el trabajador o trabajadora no tenga ausencias por más de ocho horas laborables mensuales...".
¿Que entendeís por salario de Convenio? ¿El salario bruto anual la antiguedad complementos? ¿o por el contrario solamente se refiere al salario bruto anual dividido entre 12?