ver antigo art. 595 lec, la prueba de confesion se sustituye via informe en caso de entidades publicas.
No obstante quedo pendiente de opiniones mejor fundadas
Art, 381 de la nlec y relacion con el 595 lec 1881
Considerais que el nuevbo art. 381 de la NLEC, no es sino uns transcripcion del 595 de la LEC
¿Si se cita para comparecer a un funcionario que tiene relacion con un expediente, debe comparecer o por el contrario debe invocar el 381 de la NLEC y ser requerido para contestar via informe las preguntas que se le hagan?
Las anteriores preguntas las hago ya que entiendo que si se contesta via informe estaremos a presencia de una prueba documental y que se trata de documento publico.
Si conoceis jurisprudencia en relacion con lo anterior, os ruego me la comuniqueis, yo solo he encontrado una de la Sala de lo Social del TS.