Hola Dockia. Mi consejo es que pruebe a interponer la reclamación mediante la Solicitud del Procedimiento Monitorio. En caso de oposición se tramitará por los trámites del Juicio Verbal(art 818.3 Ley de Enjuiciamiento Civil.
Otra opción es que recurra el auto de admisión tomando como referencia argumentativa el citado artículo.