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art. 238 L.S.C. ejercicio de acción social de responsabilidad de administradores

1 Comentarios
 
29/04/2011 00:01
No pero es aconsejable ya que no actuaria como socio sino como administrador , asi que no se requere quorum

Cualquier duda olivaresadvocats@gmail.com
Art. 238 l.s.c. ejercicio de acción social de responsabilidad de administradores
14/04/2011 23:09
Sociedad de Responsabilidad Limitada. 2 socios con 50% cada uno de acciones. Son administradores solidarios, unos de ellos con las facultades de administrador solidario causa graves perjuicios a la sociedad. ¿Es imprescindible que el otro administrador solidario tenga que pedir convocatoria de Junta General de accionistas para poder proceder juridicamente contra el otro administrador solidario, ello en cumplimiento formalista de la Ley?