Dela web del consejo general del poder judicial [ http://www.Poderjudicial.Es/eversuite/getdoc?dbname=dportal&uniquekeyvalue=2469&download=false&showpath=false ]:
acuerdo del pleno no jurisdiccional de la sala segunda, adoptado en su reunión del día 24.01.03.-
Cuestión: ¿es aplicable lo previsto en el art.135 leciv, en materia de presentación de escritos, en el orden penal?
acuerdo: “ lo dispuesto en el artículo 135 de la leciv es aplicable a los procesos penales”.