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Art 118.2

1 Comentarios
 
Art 118.2
05/11/2007 20:13
Hola.

Este párrafo dice: ........En los demás casos, el plazo será de tres meses a contar desde el conocimiento de los documentos o desde que la sentencia judicial quedo firme..


¿Cómo se acredita que se ha tenido conocimiento de estos documentos para que comience a contar el plazo??

Gracias.
11/11/2007 22:17
Credibilidad a criterio judicial, pero siempre hay que aportar un principio de prueba.

Salvo mejor opinión.