Seguro? En que art. te basas para saber el que el obligado al pago es el titular del contrato de suministro si el que ha usado la energía fue el ultimo subarrendatario?
A mi cliente Endesa le interpone un monitorio por impago de 3000 €. El cliente no es el responsable del pago debido a que justificadamente, realizó varios subarriendo y le correspondería pagar al último (el moroso en este caso). Mi pregunta es la siguiente:
¿Alguien sabe como funciona los arts. 113 y 114 de la LEC? Gracias.