Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Arrto Vivienda Habitual menor 35 años en Madrid

1 Comentarios
 
Arrto vivienda habitual menor 35 años en madrid
25/06/2013 19:04
Arrendamiento de vivienda habitual por menor de 35 años, en Madrid.
Un joven de menos de 35 años tiene arrendado como arrendatario un piso en Madrid, a la hora de hacer el IRPF de 2012 y para desgravarse el arrendamiento le pide al arrendador el resguardo de haber depositado la fianza en el Inst. Vivienda de la Com. Madrid; el arrendador dice que no lo ha depositado por lo que el arrendatario no puede proceder a desgravarselo. ¿Que se puede hacer?, ya que es injusto pasarle al arrendatario una obligación que debe de cumplir el arrendador?. Gracias.

28/06/2013 12:02
Hola, dígale que o la deposita o le denuncia:

El incumplimiento de las obligaciones previstas en la Ley 12/1997, de 4 de junio, conllevará sanciones de hasta 6.010,12 € o hasta 90.151,82 €, dependiendo del tipo de infracción cometida.

La instrucción de los procedimientos sancionadores se inician conforme al Decreto 245/2000, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora en la Comunidad de Madrid, como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones recogidas en la Ley 12/1997, de 4 de junio, Reguladora de las Actuaciones Inspectoras y de la Potestad Sancionadora en Materia de Depósito de Fianzas de Arrendamientos de la Comunidad de Madrid.

Asesoría fiscal en Vigo-Madrid:
www.nbconsultores.com

Un saludo