Hola a todos voy a exponer aquí un duda y ojalá alguien me pueda orientar.
Pues resulta que para ayudarme con los gastos ya que he quedado en el paro he alquilado una habitación libre que tenia, de casualidad por intentarlo me acerque a una inmobiliaria para decirles que tenia una habitación libre pero me dijeron que ellos solo alquilaban pisos, lo entendí pero al cabo de un par de días me llaman un trabajador de la inmobiliaria diciéndome que tienen una persona que esta buscando una habitación, pero resulta que el inquilino es una persona mayor, de la muy tercera edad, el de la inmobiliaria me suelta un ladrillo acerca del piso en el que este hombre vivía y que resulta no era propietario pero vivía en usufructo, en fin me convenció alegando que es mucho mejor compartir piso con una persona mayor ya que no dan los mismos problemas que una persona joven, le di la razón con matices porque hay de todo, bueno también me dijo que este inquilino es una persona agradable que compartía en la limpieza y además que se valía por si solo que yo no tendría que preocuparme, en fin pues accedo un poco dudando pero le dije que en principio solo alquilaba la habitación por unos meses pero este personaje saco a relucir la LAU diciendo que era "ilegal" alquilar por un periodo inferior a un año, al final lo acordamos en un año pero con la seguridad que el de la inmobiliaria iba a actuar como testigo de todo, además ellos mismos estaban buscando un lugar donde vivir para el hombre ya que ellos mismos se iban a encargar de la venta del piso en el que había vivido.
como es de esperar le entregue la habitación con todos los enseres listos para que duerma y transcurrido un mes me deja una bolsa de ropa sucia con las sabanas que le he dado en el suelo de la cocina, esperando seguramente a que se lo lave, cuando le digo que porque ha dejado eso me responde que eso es mío y me lo devuelve para que lo lave, habrase visto pues le dije que si quería lavarlo pues que lo haga el mismo, en resumen que no quiso atender a razones lógicas de convivencia.
después de eso vino que este señor no se acostaba hasta las tantas horas de la madrugada con el consiguiente ruido de la dificultad al caminar al arrastrar los pies y como las paredes son delgadas pues podía oír sus pisadas hasta altas horas de la madrugada, hasta que al día siguiente le hice tratar de ver su falta pero alego que el no hace ruido que los que hacemos ruido somos nosotros, llegándonos a decir que estábamos enfermos por alquilarle la habitación, ese mismo día al bajar las escaleras pues resulta que la vecina del piso de abajo también le había costado dormir por ese motivo y también en ese mismo instante le dijo también a la vecina lo mismo que me dijo a mi.
Bueno después del ultimo problema que hemos tenido ya que el de la inmobiliaria como era de esperar se desentiende alegando que ellos no puede ir a "tirarle" de las orejas al inquilino pues hemos llegado a un acuerdo, pero ahora el problema es que me ha pedido que le preste dinero le he dicho que de no tengo para prestarle y me ha llegado a decir que "que se lo pida a algún familiar mío para el" así con esa desfachatez de alguien a quien no le has dado confianza, educadamente le dije que no, me miro de mala manera y después de eso una vez que llego de la calle enfadado pues entraba hablando no se que cosas y daba un portazo a la habitación. en ese momento le advertí que esa no era manera de comportarse y que si no se encontraba a gusto pues podíamos desistir del contrato y anularlo, me comprometí a devolverle la parte proporcional pero la vez que hablamos pretendió que yo le busque una habitación pero eso si con ascensor o si no era posible pues que fuese un bajo.
Además después del problema anterior con la vecina parece que esta ha ido con el cuento a algunos vecinos diciéndoles que estoy alquilando una habitación a una persona de la tercera edad para no se que beneficios obtener.
Me pregunto si debo de avisar a los servicios sociales pues parece que este señor esta pasando por problemas económicos por no se que temas de que le retienen la pensión por lo que me conto.
Y lo he comentado con algunos conocidos y me dicen que se muy extraño alquilar una habitación a alguien de la tercera edad ya que se supone que alguien al llegar a anciano pues debería tener cierta seguridad económica pero tal como están las cosas dudo que todos tengamos esa certeza de llegar a viejos sin esas preocupaciones, pero yo alquile esa habitación para ayudarme y reconozco que fue un error recurrir a una inmobiliaria para ello.
Reconozco que me da un poco de pena pero reconozco que tampoco no he dejado claro al principio las normas de convivencia y he supuesto que este inquilino las conocía, pero claro al ser una persona de la tercera edad pues tendrá otra forma de convivir con los demás.
Gracias
Anticipándome un poco a lo que tal vez inquiete al consultante, ninguna de las conductas descritas justifica una resolución de contrato.
Y no hay nada especial en alquilar a alguien mayor, es igual que alquilar a un joven.
Para muchas Audiencias, empezando por la de Madrid, el alquiler de habitación no es contrato de vivienda habitual sujeto a la LAU, lo que nos permtitirá extinguir el contrato una vez cumplido el año ¿desde qué provincia escribe?
Perdón por no ser tan explicito mi consulta es la siguiente.
al comprobar que el inquilino no colabora con las tareas de la limpieza y hemos tenido una pequeña discusión.
¿Puedo rescindir el contrato? si le aviso con suficiente antelación, claro.
Yo opino que el inquilino estaría mas a gusto en una casa mas grande o en tal caso en una pensión, donde se encarguen de la limpieza.
además
¿Estoy obligado a buscarle un piso de acuerdo a sus necesidades? ya que me lo pidió expresamente.
Supongo que los servicios sociales de cada comunidad son los encargados.
Respecto al tema económico por lo que dije en el relato, me consta que este caballero no tiene familiares cercanos y por lo tanto me pidió que le preste dinero.
además como le cuesta abrir la cerradura al entrar me sugirió que cambie la cerradura.
¿estoy obligado a ello? el simple cambio de un bombín me costaría mucho dinero.
Si algunos pueden considerar normal comparar el alquilar una habitación a una persona joven o mayor pero yo creo que no es lo mismo.
Creo que esta implícito el colaborar con la limpieza y no esperar que el propietario le lave las sabanas solo por el hecho de ser mayor y no saber usar la lavadora. le he dicho que le enseñare a usarlo pero no quiso.
No es la primera vez que comparto piso con alguien, ya he compartido piso pero claro no con alguien mayor y creo que es mas fácil la convivencia comparándolo con alguien mas mayor.
En fin que el de la inmobiliaria me convenció pero bien, tiene merito lo suyo ya que forma parte de su trabajo y lo de mencionar la LAU se lo hice saber que se aplicaba a viviendas pero me dijo que en este caso se aplicaba a habitaciones, vamos que interpreto la ley a su antojo.
Escribo desde Madrid
Pues para resumir le digo lo siguiente: dado que tiene la inmesa suerte de ser de Madrid el alquiler de habitacion se condira regido por el Codigo Civil y por tanto podra echar al inquilino al año de haber empezado.
Conclusión: espere ese año y no busque otras posibilidades que son muy dudosas y de muy dificil demostración y resultado final. Además el pleito tardaría más que esperar el año al que he hecho referencia.
Es tal como dice Leonjbr: la SAP Madrid, Sec. 9ª, de 28 de marzo de 2019, establece que el contrato de arrendamiento de habitación no está regulado por la LAU, su objeto no es un aluiler de vivienda, sino tan solo de una parte de ella. No encaja en el art. 2 LAU.
Aguante el año, sin hacerle caso en sus peticiones absurdas y caprichosas, y cuatro meses antes preavísele por escrito y de forma fehaciente -yo recurriría incluso a un acta notarial- que va a extinguirse el contrato por transcurso del plazo.
El plazo legal de preaviso es más corto, pero yo le sugiero el de cuatro meses para evitar líos.
Buenas tardes, gracias a ambos por responder, pero mi preocupación es la siguiente, si llegado el año y preavisando con suficiente antelación el inquilino ¿Podría negarse a abandonar la habitación? Ya que al ser muy mayor pues creerá que puede alegar eso.
Es que desde que me dijo que le cuesta subir escaleras y me "sugirió" que hable con los vecinos para instalar el ascensor o sino que le busque una habitación en un bajo o con ascensor.
Y si le aviso con anticipación que necesito la habitación antes porque quiero alojar a un familiar.
En una cláusula del contrato pone que el contrato se renovará automáticamente cuando ambas partes estén de acuerdo o en el caso dando el preaviso suficiente.
¿Puede el propietario estar de acuerdo en no renovar y el inquilino de acuerdo en renovar?
El de la inmobiliaria insistió en agregar esa cláusula pero mi intención era alquilar máximo 6 meses y no un año.
Gracias.
No, no se complique. Tendrá que comunicarle fehacientemente que no renueva otro año, no se irá, tendrá ud. que interponer la demanda de desahucio, la ganará, no se irá, y tendrá que ejecutar la sentencia para que venga el juzgado y la policía y le echen de allí.
Salvo que se avenga a razones y quiera marcharse pacíficamente, no va a tener más remedio que hacer lo que le he dicho.