1.- Conocer, en general, vuestra opinión sobre la figura del ocupante que se hace constar en los contratos de arrendamiento, al margen del arrendatario.
2.- Averiguar si considerais que dicho ocupante es en realidad un subarrendatario, a pesar de que no se indique como tal en el contrato; o desvirtua su equiparamiento el hecho de que la fianza fuese abonada por el ocupante y arrendatario, por mitades, delante del propietario, es decir, el ocupante pagó también en condición de arrendatario, ganándose así tal consideración.
Hola SM.La refernecia a la normativa va a ser la LAU 1994. Voy a darle de forma genérica las características de cada figura:
1) Arrendador. Persona física o Jurídica propietaria de una vivienda que cede el uso y disfrute de la misma a un tercero a cambio de un precio cierto. Sus derechos y obligaciones se hallan recogidos en la LAU 1994 y en el Código Civil.
2) Arrendatario. Persona física o jurídica a quien se le concede el uso y disfrute de una vivienda a cambio de que pague un precio cierto.Sus derechos y obligaciones se hallan recogidos en la LAU 1994 y en el Código Civil.
3) Cedente. Persona física o Jurídica que tiene la condición de Arrendador o Arrendatario y que cede su posición como tal a un tercero. En los contratos de Vivienda dicha cesión tiene siempre carácter gratuito. Sus derechos y obligaciones se hallan recogidos en la LAU 1994.
4) Cesionario.Persona Física o jurídica que se subroga en la posición del Arrendador o Arrendatario Cedente. En los contratos de Vivienda dicha cesión tiene siempre carácter gratuito. Sus derechos y obligaciones se hallan recogidos en la LAU 1994.
5) Precarista. El precario es un tipo de contrato denominado Comodato. Así hay 2 figuras:
a) Comodante. Persona física o jurídica propietario de una vivienda que cede el uso y disfrute de la misma a un tercero DE MODO GRATUITO(sin percibir precio o merced alguna). Sus derechos y obligaciones se hallan recogidos en la Código Civil.
b) Comodatario. Persona física o jurídica a quien el Comodante otorga el Uso y disfrute de una vivienda de forma gratuita(excepto los gastos ordinarios que sean necesarios para el uso y conservación de la vivienda que serán a cargo del Comodatario).Sus derechos y obligaciones se hallan recogidos en la Código Civil.
Me gustaría aclarar conceptos. Si no estoy errado en un contrato de arrendamiento de vivienda podrian existir las siguientes figuras: arrendador, arrendatario, cedente, cesionario, subarrendatario, precarista... ¿Qué condición tienen los ocupantes que como tales constan en un contrato de arrendamiento al margen del arrendatario?¿Qué derechos tienen, qué protección jurídica frente al arrendador y arrendatario?