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Arrendatario e inmueble embargado por Banco

2 Comentarios
 
Arrendatario e inmueble embargado por banco
03/06/2017 15:28
En el año 2006 firmé un contrato de arriendo de.vivienda con la propietaria de la vivienda.El contrato era de 5 años. Al finalizar su duración me prolonga el contrato pero me dice por email que debo ingresar la cuota en otro número de cuenta de una sociedad que ha formado con su marido.Hago los ingresos correspondientes Hasta agosto del 2016 en que recibo una notificación del juzgado de lo penal en la que me solicitan que justifique la ocupación de la vivienda notificación que me llega desde fiscalía.Presento todos los papeles que poseo en el juzgado así como la cuantía de las cuotas mensuales.A fecha de hoy recibo otra.notificación por la que desestiman la demanda contra mí y me devuelven el dinero depositado pero
me comunican que pueden demandarme por lo civil.
He preguntado en la asociación de consumidores y me dicen que estoy legalmente en la casa.He preguntado al Gobierno Vasco y me dicen lo mismo.
Hay un problema con la caldera de gas que hay que cambiar y ahora el propietario de la vivienda es un banco .Se la adjudicó al embargar la sociedad los bienes.
El caso es que el banco no responde a nada.
05/06/2017 09:31
Ramonlorenzo
Hágales llegar la reclamación sobre la caldera de forma fehaciente (burofax), a ver si así responden. Si no lo hacen, el art. 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos le permite a Usted hacer la reparación y reclamar el pago al banco.
Abogados Legil
05/06/2017 15:19
Ramonlorenzo
Pues lo mismo que si fuera cualquier propietario: burofax y si no hace caso demanda.