Tienes que leer bien el contrato. Lo normal es que las subidas sean lo que establezca el IPC de cada año, si asi esta establecido en el contrato. La nueva situacion del propietario no incide en esto (incluso si hubiera fallecido y menos por jubiliacion). Otra cuestion a ver en el contrato es cuando es la fecha de vencimiento, avisarle con al menos un mes de antelacion y despues si al inquilino le interesa hacer nuevo contrato con otra renta.