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Arrendamientos

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Arrendamientos
31/07/2009 00:21
Hola, mi consulta es referente a la ley de arrendamientos urbanos, me gustaria saber si alguien conoce algún caso de jurisprudendia en lo referente al articulo 32. "Cesión del contrato y subarriendo" de dicha ley.
Segun este articulo si un negocio en el que dos o mas personas son arrendatarias y una de estas se va del negocio, lo cual se considera una cesion, pues el arrendador tiene que ser informado en un mes como máximo y tendrá derecho a una elevación de renta del 10 por 100 de la renta en vigor. Si no fuera informado los arrendatarios tendrian que dasalojar el inmueble sin derecho a indemnización alguna, aunque llevaran trabajando en el 30 años. Pues bien, quisiera saber si alguien conoce algun caso de jurisprudencia o algun articulo que anule o contradiga el ya citado articulo.
Se trata de un caso en el que 3 hermanos comenzaron a explotar un bar, y al cabo del tiempo solo quedo uno.

Un saludo