Hola!
Hace dos meses alquilé mi vivienda con un contrato de temporada de 6 meses a una chica que se supone debía hacer una hipoteca puente, vender su casa y comprarme el piso. Ella alquiló su casa con opcion a compra pero no le pagan el alquiler y se quieren echar atras y que les devuelva las arras. Debido a esto ella no me paga a mí el alquiler y no le han concedido la hipoteca puente. En junio me pagó unas arras penitenciarias y prorrogamos las mismas hasta octubre. Que puedo hacer? la puedo echar del piso? Yo me separé hace un año y mi ex pareja y yo necesitamos vender el piso para poder vivir en algun sitio que no sea casa de nuestros padres! (lo que hacemos ahora). muchisimas gracias!!
El desagradable problema de su inquilina no le incumbe a ud.
Como ud ha hecho un alquiler de la vivienda, puede ud echarla por impago de las rentas pactadas, pero tenga en cuenta que va a depender de lo que ud haya acordado privadamente en el arrendamiento y si estaba relacionado con la hipoteca puente.
buenos dias. Tengo un piso en alquiler y resulta que la inquilina ha decidido marcharse por situacion economica. Con ella vivia otra persona que si quiere quedarse en el piso con otra nueva compañera. El contrato de arredamiento lo tengo a nombre de la persona que se marcha. Ahora tengo que cambiar el contrato de alquiler. El problema esta en que la persona que se marcha debe dinero a la que ha decidido quedarse y han acordado que la fianza se la quede la persona que se queda en mi piso. Entonces no se que documento se debe hacer, primero para que la que se va renuncie a todo lo relacionado con la fianza y que la que se queda asuma el derecho sin que yo me vea afectada. Por favor, necesito que alguien me ayude lo antes posible. Muchisimas gracias por adelantado
Hola lisi30. Su consulta es demasiado compleja para poder resolverla en este foro. Por ello le aconsejo que acufa con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en Derecho Civil.
Hola tontyky. Al habitar el piso 3 personas siendo sóli una de ellas la que ostenta la situación jurídica de arrendataria le aconsejo que el documento de cesión de contrato sea redactado por un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos.