Hola sehila. El daño en el inmueble ha de reclamarlo el ARRENDADOR al propietario del piso de arriba. En cuanto a los desperfectos en el piso arrendado el arrendatario puede solicitar por escrito a su arrendador la reparación de los mismos.
Mi pregunta es la siguiente, una persona arrendataria de un piso en barcelona, en el qual, y como consequencia de las obras del vecino de arriba, han salido en el piso arrendado grietas en la pared y en el techo de 2 habitaciones,¿ quien que pagar el daño a la arrendataria, el vecino o el que le ha alquilado el piso?
¿Quien debe hacer la reclamacion?
Muchas gracias,
Sheila