TEngo el siguiente problema, un local con contrato de arrendamiento anterior a 1985, con renovacion anual y por lo tanto forzosa, pero en el contrato el inquilino firmo voluntariamente una clausula por la que la que se podia rescindir el contrato con un aviso de 3 meses,
Alguien me podria ayudar con jurisprudencia sobre este tema
Hola EHB. La citada cláusula es nula de pleno derecho pues va en perjuicio de los intereses del arrendatario. El artículo 57 regula la prorroga forzosa ES IMPERATIVO, es decir, la partes NO pueden alterar su contenido mediante pacto.
MI duda es si esta clausula la fimo tambien el arrendatario, no se podria de alguna manera demostrar que hubo un pacto para no aplicar la prorroga forfoza