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Arrendamiento

1 Comentarios
 
perfil Jan
09/07/2009 16:41
Hola CTA. Para responder a su consulta sería necesario poder examinar el contrato y tener más datos. Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato,la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le asesorará sobre la mejor forma de proceder.

Lamento no poder ser de más ayuda.

Reciba un cordial saludo.
Arrendamiento
perfil CTA
09/07/2009 12:49
El pasado mes de mayo alguilé un piso, a través de una immobiliaria. Pasados unos días, me llamaron para informarme que tenían que rectificar el contrato, ya que la propietaria "se había olvidado" que hizo una cesion onerosa de la propiedad, por lo que la propietaria era otra. Unos días después, mi vecina me informa que el piso tiene una orden de embargo y que el banco ha presentado la escritura en el registro aunque aun falta la toma de posesión. La immobiliaria estaba al corriente, por lo menos en el segundo contrato. He consultado y entiendo que el banco no puede hecharme del piso ya que el contrato es legal. Pero no sé que hacer. Debo pagarle el alquiler a la "propietaria"? Si no lo hago, entiendo que al no ser la propietaria, tampoco puede desahuciarme. Entoy hablando con el banco por si pueden hacerme ellos el contrato de alquiler. ¿Puedo reclamarle los dos meses de deposito a la propietaria? ¿Puedo denunciar a la immobiliaria por mala praxis?