Hola Gotor. El compañero al que usted ha acudido es quien mejor conoce el caso por tener todos los datos. Le aconsejo que siga su criterio o, si no está de acuerdo, acuda a otro/a profesional de la abogacía.
Mi madre no es usufructuaria del restante 60%, porque yo soy plena propietaria del mismo.
Mi madre sí tiene cedido el uso gratuíto de la vivienda a la novia de su nieto. Ésta le sirve de compañia y ayuda.
Ya tengo el asunto encomendado a un abogado. Aun no se ha iniciado la demanda. Ëste reclamó a la novia de su nieto por escrito (en febrero) el pago de un arrendamiento. La única respuesta que se recibió fue de mi madre, diciendo que la necesitaba como ayuda. Tanto la novia como mi madre carecen de problemas ecónomicos. Incluso se la citaron para un acta de conciliación (en mayo), al que no acudieron.
Mi pregunta se debe a que mi abogado piensa que sólo se le puede cobrar arrendamiento desde que
se dé una sentencia judicial. Yo no estoy de acuerdo porque el pago de un alquiler se lo reclamé desde que supe que estaba en el piso, ya en el pasado noviembre. Entonces se ha dado una ocupación de la vivienda, sin mi consentimiento, desde hace meses. ¿Es posible que yo no tenga derecho a esta deuda? Tiene que haber un argumento, pienso yo, en qué fundamentarse para reclamarla ese dinero.
Añadir que no es mi intención que la novia se vaya del piso, si procediere. Me parece muy bien que acompañe a mi madre. Pero si tiene dinero, que me pague.
De nuevo muchas gracias, si puede Vd contestar con estos datos.
Hola Gotor. En lugar de "Si inicio una demanda judicial" leí " SE INICIÓ una demanda judicial". De ahí mi respuesta anterior por la que le pido sinceras disculpas.
Para responder a su consulta sería necesario saber si su madre, aparte de ser copropietaria del 40% de la misma, es ADEMÁS USUFRUCTUARIA de totalidad de la misma.
Del mismo modo habría que saber si su madre ARRENDÓ - para ello es necesario que su madre perciba una renta por el uso de la vivienda - o CEDIÓ DE FORMA GRATUÍTA el uso de la vivienda.
Como ve su consulta es compleja para resolverla en este foto. Por ello le aconsejo que acuda a un/a profesional de la abogacía quien, con todos los datos y documentos que usted aporte, la asesorará sobre las posibles acciones judiciales a ejercer.
Hola Gotor. Si YA se ha interpuesto demanda la persona más adecuada para responder a su consulta es el/la profesional de la abogacía encargado/a de la dirección tércnica de su asunto. La razón es que el/ella es el único que posee todos los datos relativos al caso planteado.
Soy plena propietaria del 60% de un piso y mi madre lo es del resto.
Mi madre ha metido en el piso a la novia de su nieto sin previamente informarme. Cuando lo supe he reclamado a la novia el pago de un arrendamiento por ese 60% de mi propiedad. Tanto mi madre como ella se niegan a pagar nada.
Si inicio una demanda judicial ¿puedo reclamar el pago de arrendamiento desde que entró en el piso y la formalización de un contrato? ¿Cómo puedo exigir el pago de alquileres sin contrato, como deudas? Porque si sólo puedo cobrar desde que
una sentencia se pronuncie mi derecho a cobrar alquileres durante casi un año queda injustamente frustrado, dado que entró sin mi permiso y yo lo he estado reclamando sin exito extrajudicialmente.