Me gustaría alquilar una habitación, pero no sé que papales se deben hacer para que sea legal (tipo de contrato,...). ¿Dónde tengo que ir? ¿a un notario o gestor?
Hola lld. Yo parto de la premisa que cuando se quiera alqilar una habitación se haga un Contrato de Uso de Habitación que se regulará por el Código Civil.
Si usted quiere un contrato por escrito que no le dé problemas en un futuro acuda a un/a profesional de la abogacía.