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arrendamiento vivienda habitual

1 Comentarios
 
12/05/2007 11:07
No puede desgravar por vivienda habotual porque no lo es. Con respecto a las cantidades deducidas, habrá de devolverlas al no haberse cumplido el requisito de permanencia y no como consecuencia de unos de los supuestos que estabalece la ley (separación o divorcio, traslado laboral, etc.).
El arrendamiento deberá incluirlo como rendimiento del capital inmobiliario y ahí sí podrá deducir los intereses de los capitales ajenos invertidos para la adquisiciión, los tributos y recargos no estatales (IBI), gastos de conservación y reparación, etc. El total de los gastos deducibles no podrá exceder a los rendimientos obtenidos, es decir, el rendimiento del capital inmobiliario no podrá ser negativo.
Un saludo
Arrendamiento vivienda habitual
12/05/2007 10:06
hola, tengo un caso atipico.
un señor se compra su vivienda habitual en octubre del 2003, se trata de su 1ª vivienda. formaliza prestamo hipotecario y declara en renta su deduccion de vivienda habitual y demás.
debido a que no puede con la hipoteca, decide arrendarlo a una sl en enero de 2006, pagando si Iva correspondiente y sujeto a retencion.
puede continuar aplicandose la deduccionnde vivienda habitaul?? entiendo que no porque lo arrienda antes de cumplirlos tres añosy un dia para no perder el caracter de habitual. ahora vive en casa de sus padres y sigue pagando la hipoteca aunque perciba ingresos de alquiler.
como declararlo en renta?? saluditos