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arrendamiento urbano

2 Comentarios
 
Arrendamiento urbano
perfil RP
24/04/2006 12:34
Hola.Tengo una casa alquilada desde hace 2 años y el período inicialmente pactado en el contrato es de 1 año. Ahora la necesito para vivir yo y el inquilino no quiere abandonarla porque dice tener derecho a 5 años.
Mi pregunta es :¿ los 5 años de prórrogas obligatorias que nos fija la LAU, le da derecho al arrendatario a prorrogarlo hasta los 5, aun en contra de la voluntad del arrendador, el cual fija la duracion en el contrato en 1 año?
24/04/2006 15:24
Si en el momento de la celebración del contrato no se hizo constar la necesidad de vivienda para el arrendador; el inquilino; por ley tiene derecho a continuar en la vivienda durante cinco años.
24/04/2006 15:55
Sí. Siempre que el inquilino la use como vivienda.

Este plazo mínimo de cinco años lo fija el art. 9 de la LAU y es obligatorio para el arrendador y potestativo para el inquilino.

Pero si usted ha hecho constar de forma expresa en el contrato la necesidad de ocupar la vivienda antes de los cinco años, tiene derecho a recuperarla cuando finalice alguna de las prórrogas.

Revise detenidamente los distintos apartados del contrato para saber si se hizo constar de forma expresa la cláusula que le comento.

Un saludo.