Estimado señor:
Mi consejo es que le devuelva el dinero, puesto que existe un contrato verbal, que también conlleva obligaciones y derechos, y es una obligación de usted devolver el dinero de la fianza, por que así lo expresa taxativamente el art. 34 de la lau.
Saludos.
tenia arrendado un piso a una chica universitaria. la chica se ha ido alegando que le variaba las condiciones del contrato. no hay contrato escrito, debo devolverle el mes de fianza