Un cliente me ha consultado acerca de sus obligaciones como arrendador de una finca rústica. El arrendatario hace seis años que explota la finca, en el contrato que firmó aceptó hacerse cargo de todos los gastos concernientes a la finca, consumos de luz, agua, ... La finca se le arrendó con una caseta y un motor para bombear el agua. El motor se le entregó nuevo y ahora, después de seis años se ha estropeado. La reparación de dicho motor, según el arrendatario, corresponde al propietario y el propietario dice que se lo entregó en perfecto estado y que no piensa hacerse cargo de tal reparación que asciende a 480 Euros. ¿Quién tiene la razón?