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Arrendamiento rústico

3 Comentarios
 
14/01/2015 18:45
BUENAS TARDES.

A pesar de la vaguedad de la pregunta intento contestarle

En general , para que produzca efectos y quede sujeto a la ley de arrendamiento rústicos Vd tiene que ser agricultor profesional.

Esto no quiere decir que en determinados aspectos el contrato que Vd. firme si no es agricultor no se someta a la ley de arrendamientos rústicos .

La acreditación de los requisitos básicamente se basa en la declaración de la renta y certificación de la consejería de agricultura de que reúne las condiciones necesarias.



Un saludo




13/01/2015 15:41
Buenas tardes,

Yo sería la parte arrendataria, junto con 4 compañeros más.

Gracias.
13/01/2015 13:34
Estimado consultante,

Antes de intentar contestarle a la pregunta, ¿usted va a alquilar o va a ser el arrendatario de la finca rustica?

LARIOS ABOGADOS (Málaga)

951 71 50 41

www.lariosabogados.es

abogadoslarios@gmail.com
Arrendamiento rústico
12/01/2015 20:13
Buenas tardes,

Tengo dudas con respecto a la necesidad de ser agricultor profesional en el momento de firmar un arrendamiento rústico.

¿Cómo se demuestra que se cumplen los requisitos de tiempo e ingresos procedentes de la actividad agraria?

¿Es válido si se va a adquirir esa condición en un futuro, aunque no se tenga en el momento de la firma?

Un saludo y gracias de antemano.