Hola, mi madre sigue arrendando hoy en dia una tierra que hace muchos aňos,mi abuela alquiló un trozo de montaňa a su propietario.
Mi abuela hizo unas mejoras en ese trozo de montaňa para poder labrarla. Todos estos aňos se han pagado el coste del arrendamiento, primero mi abuela y ha seguido pagando mi madre hasta el dia de hoy, y mi madre conserva todos los recibos, aunque hace dos aňos el propietario quiso subirle el alquiler y mi madre se negó,pero siguió pagando lo mismo.
Hace dos dias, ha recibido una carta remitida por un abogado del propietario notificando el cese del contrato por impago y cese de actividad en la tierra.
Quisiera saber si alguien puede decirme si es correcto lo que ha hecho el propietario y si mi madre tiene algún derecho a pedir indemnización por las mejoras hechas en la tierra por parte de mi abuela.
Gracias
1º Manda ya un burofax con certificado de contenido diciendo que no renuevas el contrato. Cuanto antes mejor, a ver si aún tienes mas de un año hasta que acabe y así lo puedes acabar.
2º No puedes rescindirlo por muerte del arrendador, deberás esperar a que acabe el contrato de forma natural.
3º Indudablemente si eres el propietario de dicha finca, tienes derecho a una copia del contrato. Pero no es el banco quien debe dártelo. Como bien te dicen antes, si no te lo dan por las buenas deberías pedirlo vía juez, y eso puede ser un poco lento... pero si al final se renueva porque no mandas el burofax, no te quedará otro remedio.
Buenos días hugonote,
Efectivamente usted como actual propietario de parte de la finca arrendada, tiene derecho a tener copia del contrato de arrendamiento que menciona, el cual deberá intentar conseguir bien extrajudicialmente bien judicialmente.
Respecto a la rescisión del contrato, sería necesario conocer lo estipulado en el mismo para saber las posibilidades reales.
La sentencia que usted aporta no es aplicable al caso por dos motivos. En primer lugar, en el contrato que resuelve dicha sentencia se establecía una condición resolutoria, fallecimiento de la arrendadora como causa de resolución del contrato y esa fue además la causa eficiente para la terminación del mismo. En segundo lugar, la arrendadora no era propietaria, era usufructuaria.
Por cierto, la procuradora de la parte recurrida es la procuradora de este despacho en Madrid, que casualidad.
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BARRERO & PARRA ABOGADOS
Hola.
Mi madre falleció el pasado año, habiendo dejado unas tierras en herencia a sus seis hijos, parte de las cuales estaban arrendadas a uno de los hijos, con sus correspondientes derechos de subvención. La herencia ya se ha resuelto, dividiendo la tierra en lotes, se han hecho las escrituras, pero ahora el arrendatario de las tierras se niega a resolver el contrato. El contrato parece que se firmó en 2009 y finalizaría en 2014. Digo parece por que no tengo copia del mismo. Al no tener copia, desconozco los términos en que se firmó, el precio fijado de renta, la fecha de finalización, demás cláusulas y todo lo referente al mismo. No sé ni tengo modo de saber si se está cumpliendo o no. Además, al no saber la fecha en que se firmó, tampoco puedo saber si se firmó antes o después de haber hecho un poder notarial por motivo de incapacidad de mi madre, por el cual hacía falta la firma de cuatro de los seis hijos para cualquier trámite legal que mi madre quisiera hacer.
En la entidad bancaria que tramita la subvención a nombre de mi hermano no nos quieren facilitar copia del contrato, por que dicen que no pueden, ni en la administración pública competente en materia de agricultura de mi región.
Mi hermano tampoco me lo facilita a mí ni a ninguno de mis restantes hermanos de forma voluntaria.
He leído la ley de arrendamientos rústicos, y dice que el arrendador tiene derecho a rescindir el contrato notificándolo al arrendatario con un año de antelación a la fecha de finalización del mismo, que supongo que será en 2014, pero no sé qué mes y día. Sólo sé la fecha de 2009 por una funcionaria de Agricultura, que me lo ha dicho. Pero nada más.
Como actual propietario de parte de las tierras que estaban arrendadas en el contrato:
¿Qué derecho tengo de tener una copia del contrato y quién debe facilitármela, o dónde la puedo conseguir?
¿Qué derecho tengo de rescindir el contrato por fallecimiento de mi madre, sin esperar a que acabe el plazo de arrendamiento del contrato, para disfrutar plenamente del uso y cosecha de mis tierras y de las subvenciones?
Tengo miedo de que pase la fecha y se renueve el contrato otros cinco años en contra de mi voluntad, mientras mi hermano cultiva las tierras, cosecha y cobra la subvención, e ingresa cantidades nimias en una cuenta común que sospecho no coinciden con la renta real de esas tierras, y que en cualquier caso no sé si se ajusta a los términos del contrato.
Por otro lado: si la fecha de firma del contrato fuera posterior a la del poder notarial por incapacidad de mi madre, ¿qué efectos legales tendría el contrato de arrendamiento, y qué medidas debería emprender yo?
Por si sirve de ayuda he encontrado una sentencia del TS de un caso que creo que es parecido en esta dirección web: http://www.elnotario.com/egest/e-gest/fichero/STS21dediciembrede2006.pdf