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Arrendamiento rústico; derecho tanteo y retracto

7 Comentarios
 
27/11/2020 20:44
Buenas tardes, mi pregunta es la siguiente, si tengo una finca rustica arrendada y acaba este arrendamiento y alguien me la quiere comprar, el derecho de tanteo y retracto sigue vigente y me gustaría saber si este derecho tiene caducidad

Gracias y un saludo
20/10/2020 19:56
Grisolía
No es mi mujer quien ha alquilado la finca, sino mi suegro que tiene el usufructo de la mitad de la finca, en cualquier caso solicitaremos ayuda a otro abogado.

Muchas gracias
20/10/2020 19:47
El problema de origen es que al parecer hay un contrato sobre el 100% de una finca que solo ha sido firmado por el propietario del 50%, que es su esposa. Si esto es así, no solo está quebrantando la norma esencial por la que se rigen las comunidades de bienes, sino que está invadiendo el usufructo viudal, que grava precisamente parte de ese 50% de su mujer. Aún en el caso de que el arrendatario solo estuviese usando la mitad de la finca, el hecho de que la misma esté en proindivisión significa exactamente eso, que no se puede dividir ningún derecho que recae sobre la misma. Se les sugiere que consulten a otro abogado, con el contrato (necesariamente) encima de la mesa, pues es muy difícil evaluar una situación jurídica contractual sin ver el contrato.
20/10/2020 19:21
Grisolía
Una vez acabado el arrendamiento, si acto seguido queremos vender la finca a un tercero,¿el arrendatario tiene derecho de tanteo y retracto a total de la finca?, ¿o solo a la parte de la que es dueño íntegro mi suegro?. Porque como le comenté ante la nuda propiedad de la mitad de la finca es de mi mujer. El problema que tenemos básicamente es que no queremos venderle nada al inquilino porque prometió que se iría si nos hacían una oferta de compra de la finca y ahora para irse quieren una compensación económica, pq la cláusula del contrato que dejaba reflejado este caso, por lo visto es nula, al no transcurrir los 5 años de la firma del contrato. Nuestro abagado parece ser q no está muy preparado en estos temas y el arrendatario nos ha confesado que conocía la ley, pero como fue nuestro abagado quien redacto el contrato, no dijo nada.
20/10/2020 14:59
El usufructo no tiene nada que ver con derechos de adquisición preferente, pues estos recaen sobre la propiedad. Si alguien deviene en propietario, deberá respetar el usufructo tal cual está.
20/10/2020 09:58
Grisolía
Buenos días, eso que me dice lo sabemos, pero la pregunta es si el derecho y retracto es también aplicable a una parte de la finca que está en usufructo.

Muchas gracias y un saludo
20/10/2020 09:40
El arrendatario tiene derecho de adquisición preferente -antes de la venta es el tanteo y después el retracto- pero no goza de ambos mecanismos simultáneamente, sino del segundo en defecto del primero: el arrendador le ha de comunicar fehacientemente los datos del acuerdo con el comprador, por si el arrendatario quisiera quedarse la finca en esas mismas condiciones. Para ello dispone de 60 días hábiles, que son unos 100 naturales, y si no ejerce su derecho al tanteo, la finca se puede vender tal y como se pactó con el comprador. En el caso de que se omita esta obligación de notificar, el arrendatario puede retractar la venta y quedarse con la finca, resolviendo el derecho del comprador y sustituyéndolo en el contrato.
Arrendamiento rústico; derecho tanteo y retracto
20/10/2020 00:29
Buenas noches, mi mujer tiene en nuda propiedad la mitad de una finca rustica de sus padres, que heredó por el fallecimiento de su madre y que en estos momentos está arrendada. Mi pregunta es la siguiente, ante una próxima venta de la finca, ¿tiene este inquilino derecho de tanteo y retracto sobre la parte que mi suegro disfruta como usufructuario?