Mi consulta es la siguiente: Podría celebrarse válidamente un contrato de arrendamiento de vivienda (sobre un inmueble ubicado en Tarragona), en el cual el arrendador fuera unicamente nudo-propietario pero no usufructuario de la vivienda?? En el caso que planteo, la usufructuaria de la vivienda es una anciana con demencia senil, ingresada en una residencia geriatrica, y que no está incapacitada. Muchas gracias.
La Ley no obliga a que el arrendador sea el propietario. Ahora bien, la anciana podría reclamar la renta.
Se le puede incapacitar y perdir permiso al Juez para arrendar, pero en este caso el producto de la renta sería para la anciana.