En un piso de mi propiedad que dispone de 4 habitaciones, tengo alquiladas dos de ellas, con contrato verbal, con derecho al uso de salón, cocina, baños, despensa y cuarto de pilas. El piso está amueblado. Obviamente también me gustaría alquilar las otras dos habitaciones
Quiero hacerles contrato escrito a los actuales y a los otros dos posibles inquilinos. ¿Qué tipo de contrato debo hacerles?
¿Qué tratamiento fiscal, en el IRPF, tendrían estos ingresos y en el IVA?
Hola Opacoh. Respecto al tipo de contrato le sugiero la lectura del siguiente enlace - copie y pegue en su navedar la dirección - y que el contrato sea redatcado por un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos.