Tengo arrendado un local desde hace diez años para uso distinto de vivienda con una actividad de venta al público cuyo contrato finaliza el 05 de diciembre de 2005 y que está afectado por la ley de arendamientos de 1994.
El dueño del local dice que si quiero prorrogar el contrato, la renta a partir del día 06 de diciembre ha de ser el doble de la que hasta ahora percibía.
Por mi parte le he notificado con tres meses y medio de antelación a la finalización del contrato mi intención de seguir con el contrato por una renta de mercado y por el plazo de cinco años más.
1º.- ¿Puedo ejercer alguna acción para evitar que me duplique la renta?
2º.- Aunque no le he notificado con cuatro meses de antelación el fin del contrato, ¿ Puedo pedir la indemnización que contempla la ley de arrendamientos de 1994 si el titular del local abre un negocio similar al mio?.
¿Existe jurisprudencia al respecto?