Buenas tardes, Mi consulta es la siguiente: soy el arrendatario de un local trastero, firmado a primero de marzo 2013. ( y pagado los 1.400 € el 26-04-2013) La duración del contrato es de "un año prorrogable anualmente con un preaviso de quince días de anticipación y el precio convenido de 1.400 € pagados por anticipado mediante ingreso a una cuenta.
Por error, en el año 2014, no se pagó hasta el pasado dia 7 de Abril y el pasado dia 13 de abril, con fecha 10 de Abril, recibo un escrito del arrendador que dice " No habiendo solicitado la renovación del contrato de fecha 1º de marco 2013 y no habiendo abonado cantidad alguna, hasta el dia de hoy, pongo en su conocimiento que la cantidad adeudada a 8 de Abril 2015 es de 3.682 € IVA incluido, que deberá ingresarse en la c/c en un plazo no superior a 24H. De estar interesado en su renovación, puesto que el anterior quedó rescindido por impago, deberá ingresar con las rentas adeudadas, 2 meses de fianza ( 2.800 €) y facilitando una entidad bancaria y numero de cuenta para presentar recibos....
Pueden explicarme que me están reclamando y creen ustedes que la cantidad de 2 meses de fianza 2.800, cuando el alquiler anual era de 1.400, es un error.