Dos preguntas muy simples:
1.- Si la actividad comercial la va a realizar uno solo de los conyuges ¿es regla general que en el contrato figure solamente éste o los dos? (mi duda se debe al tema de la posible solidaridad en un futuro proceso judicial)
2.- Si en el contrato figuran como bienes que se incluyen en el contrato de arrendamiento diversa maquinaria para realizar la actividad ¿se deberían valorar dichos bienes para evitar cualquier desavenencia futura y cómo es aconsejable hacerlo?
Gracias a tod@s?