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Arrendamiento local de negocio

3 Comentarios
 
09/06/2009 20:45
Interesante...si su madre se jubila usted se puede subrogar sin hacer ninguna inversion y seguir la actividad que desarrollan actualmente pero solo hasta el 2015 una opcion mas a considerar son 5 años con la misma renta y los mismos derechos y obligaciones que ahora mismo...su abogado se lo confirmara.Un saludo y suerte.
perfil MSA
09/06/2009 16:53
Gracias por el consejo, estoy en ello y voy a asesorarme personalmente, puesto que mas o menos tengo una idea de por donde van los tiros, puesto que no existe ninguna subrogacion, la cuestion esta en que se supone que si mi madre y padre fallecen se podria pasar a un descendiente pero claro esta según lo que he leido hasta el 2015 en caso de fallecimiento despues de dicha fecha se supone que si fallece mi madre ya no tendria ningun descendiente derecho, es por eso que mis dudas vienen porque el negocio necesita de una buena reforma con lo cual me he de asesorar antes de tomar la decision de la inversion, de todas formas muchas gracias por contestar.
09/06/2009 15:48
Hola MSA, necesita usted de un abogado que le asesore.Yo solo comento porque soy afectada de las diferentes LAU que existen en vigencia actualmente en españa,3 diferentes.La suya se rige por la lau del 64 con las disposiciones transitorias presentes en la lau del 94.Imprescindible que cuente si ha habido alguna subrogacion o el contrato se hizo a nombre de su madre?..en principio deberia usted leerse ambas leyes para hacerse una idea y en concreto la disposion transitoria tercera del la lau del 94 que le afecta a usted directamente...Ya no existen los contratos indefinidos(excluyo a los contratos que se rigen por el decreto boyer)...su contrato ( ya se lo afirmara su abogado se encuentra en "la prorroga legal forzosa" ) estos contratos tienen una prorroga legal forzosa con el minimo de 20 años desde la entrada en vigor de la ley del 94..osea 2015.Si usted se subrogara derecho que tiene el contrato solo tendria validez hasta el 2015.Claro que como yo solo opino tiene usted que acudir a un abogado...igual le interesa negociar directamente con la propiedad antes de que se le agote el plazo de la prorroga...o traspase...o subroguese en los derechos y deberes del contrato hasta el 2015...mucha suerte y un saludo.
Arrendamiento local de negocio
perfil MSA
08/06/2009 21:09
Tengo un local de negocio arrendado desde 1973 a nombre de persona fisica en aeste caso mi madre, si ella fallece y yo trabajo en el negocio y dicho contrato es indefinido tengo derecho a seguir con el alquiler indefinidamente tambien?