Mi consulta es la siguiente:En un contrato de arrendamiento de local entre dos partes del año 1981, puede a fecha de hoy subrogarse una tercera persona? Le afectaría la LAU del 94? Que derechos y obligaciones tendría?''''
Es urgente, gracias.
Si puede... Tanto como arrendador como arrendatario. Pero es importante que digas qué dice el contrato al respecto.
Una subrogación puede suponer una extinción de contrato si se hace sin el consentimiento preceptivo. Es más en locales dujetos a LAU 64 se habla habitualmente de traspaso, que tiene su propio régimen.
Dererchos y obligaciones en una subrogación: Los dimanantes del contrato del que trae causa.