En el contrato de arrendamiento de un local comercial para uso de una asesoría laboral consta como precio 270 € IVA. Desde el febrero 2002 el arrendador está percibiendo una cantidad de 300 €.
¿Qué cantidades serían las correctas, teniendo en cuenta el IVA?, En este caso, ¿el arrendatario debe practicar el 15% de retención?
Gracias anticipadas.
El importe que indicas consta en el contrato de arrendamiento (los 270,00 €), entiendo que ha sufrido diversos aumentos como consecuencia de la aplicación del IPC (el último, según indicas, habría sido en febrero de 2007).
SI el importe que percibe el arrendador ahora es correcto, y es de 300,00 €, tiene su origen en:
Base imponible ... 306,12
IVA 16% ............ 48,98
Total factura ...... 355,10
Retención 18% ... 55,10
Total a pagar ...... 300,00 €