el arrendatario de una plaza de garaje que no está vinculada a ninguna vivienda ha fallecido. ¿alguien sabe si sus familiares tienen derecho a subrogarse en el contrato de arrendamiento?
Tengo entendido que el alquiler de plazas de garaje no se rige por la Ley de Arrendamientos Urbanos, sino por el Codigo Civil y que por tanto el contrato se prorroga mes por mes, con lo cual el propietario puede recuperar la plaza en cualquier momento avisando con un mes de antelacion. ¿Que hay de cierto en esto?.