Si, claro; aunque depende de cómo se configure el contrato:
En principio, y vistos los arts. 392, ss y concordantes del CC, podría dársele la forma de un arrendamiento de parte alícuota. En este caso, su hermana y usted arriendan solamente la parte de vivienda que les falta.
Para un alquiler del piso entero, no tendría sentido que su hermana se arrendase a sí misma, pero si firma usted el contrato sólo como arrendatario, tal como avanza en el punto 3 de su consulta, será un contrato perfectamente válido.
Yo les recomiendo la primera opción, arrendamiento de una parte alícuota del 50 % de la vivienda, y reflejar expresamente que se arrienda para vivienda habitual.
El hermano puede aplicarse las reducciones de rendimientos previstas en el IRPF.
Si el arrendador es tan solo el hermano, nada afecta al IRPF de la hermana.
Cualquier pacto sobre cómo se repartirá el IBI, comunidad y seguro es válido: pueden establecer lo que deseen.
Si, la fianza es obligatoria, sobre todo si como nos plantea se trata de un alquiler de vivienda, aunque sea de parte alícuota de la misma.
Lo primero que deben hacer es decidir si usted y su pareja alquilan al hermano la parte de piso que le falta a ella, o si usted solo alquila el piso entero a los dos hermanos.
1.- Si las dos cosas. El único problema que podrían tener con Hacienda se daría en el caso de que el alquiler fuera exageradamente barato, lo que no es el caso.
2.- Si.
3.- No a las dos cosas.
4.- Es obligatoria.
Arrendamiento entre copropietarios y pareja de uno de ellos
mi consulta está relacionada con un asunto que será más común de lo que se piensa, aunque por más que he buscado no he encontrado nada parecido en la red. Vivo con mi pareja y su hija en el piso que tiene ésta en copropiedad con su hermano. Actualmente pagamos a éste un alquiler proporcional al 50% que le corresponde como copropietario (esto es, si valoramos el alquiler del piso en 600 euros al mes, le pagamos 300 euros).
La cuestión es que quiere subir la cuota de alquiler y ajustarla más al precio de mercado. Ante esta situación, mi pareja y yo queremos regularizarlo todo a través de un contrato, y nos surgen varias dudas:
1º ¿Mi pareja como copropietaria de la vivienda puede suscribir un contrato de alquiler con su hermano? En tal caso, ¿podría igualmente beneficiarse de las posibles deducciones a aplicar en la declaración anal de IRPF?
2º Su hermano, como copropietario correría con la mitad de los gastos de comunidad, IBI, seguro de la casa.
3º En caso de que mi pareja no pueda o no quiera suscribir ese contrato de arrendamiento con su hermano (y en el que figuraría únicamente yo como arrendatario), ¿habría que especificar algo en el contrato que suscribamos él y yo? ¿La afectaría de alguna manera a nivel impositivo en la futura declaración de IRPF que haga?
4º La cuestión de la fianza, ¿es obligatoria prestarla siempre, o queda a voluntad de las partes?
De antemano, muchísimas gracias por vuestra ayuda.