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arrendamiento del 85

1 Comentarios
 
Arrendamiento del 85
14/05/2015 16:06
Buenas, a ver si nos podeis ayudar.
A un compañero le ha llegado un tema de un familiar en el que no nos ponemos de acuerdo.
Se trata de una persona que ha alquilado en Septiembre del 85 una vivienda para que el arrendatario lo utilizase con el fin de realizar una actividad comercial en ella. Ahora, el arrendador, desea finalizar el contrato de arrendamiento pero nos surgen dudas. Mi compañero entiende que el arrendador puede comunicar por escrito al arrendatario que el próximo septiembre da por finalizado el contrato pues no está sometido a la prórroga forzosa anterior al mayo del 85 (LAU del 64) y el contrato se fue renovando por años. Por mi parte no lo tengo tan claro pues quien redactó el contrato introdujo una serie de condiciones que hacen pensar que se somete al régimen de prorroga forzosa. Por ejemplo, a pesar de que el contrato es por un año, habla de que pasados cuatro años se procederá a una actualización y los siguientes cuatro años también y así sucesivamente. Que os parece a vosotros?
19/05/2015 10:10
1.- Lo primero es que habría que leer el contrato para poder darle una respuesta totalmente correcta.
2.- Efectivamente hay alguna sentencia sobre contratos del 85 que "dudan" mucho sobre si el contrato es de "renta antigua" o no. De todas formas lo más probable es que si hay que ir a juicio el juez estime que NO está sujeto a prorroga forzosa, pero por supuesto es imposible estar totalmente seguro.
abogad@leonbendayan.com