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arrendamiento de vivienda

2 Comentarios
 
perfil abo
23/01/2008 11:05
Gracias catón, eso es lo que yo también creo, espero que a la tía esta la lancen del piso pronto.
un slaudo




22/01/2008 17:28
Un contrato privado , es un titulo de propiedad totalmente válido. Y no hay ningún inconveniente en aportarlo cómo documental .

Sld2.
Arrendamiento de vivienda
perfil abo
21/01/2008 12:17
Tengo una cliente que ha alquilado su piso y la inquilina no le paga la renta desde hace 2 meses. Por ello vamos a interponer la demanda de desahucio, pero mi duda es que la propiedad del piso por parte de mi cliente no está acreditada porque aún no tiene las escrituras debido a que el piso pertenecía a la Junta de Andalucía y el primer propietario lo transmitió sin escrituras. En fin es un follón que estamos tramitando pero que aún no está resuelto. Hay algún obstáculo a instar el desahucio sin título de propiedad?? Solo puedo acreditarla con un contrato privado. Un saludo.