Buenas tardes, tengo un piso al 50% con mi hermano y una empresa nos ha solicitado el alquiler para destinarlo a vivienda de 2 de sus empleados durante año o año y medio. Por lo que he estado viendo eso nos obligaría a hacer factura con iva a empresa y la empresa retendría creo que el 18Þ IRPF del alquiler, aunque sea para uso para vivienda. Mi pregunta es si es realmente así y si hacienda nos obligaría a hacer algun tipo de sociedad de bienes o cómo tendríamos que declararlo al ser propiedad de 2 hermanos. Y si nos tendríamos que dar de alta en algo.
Gracias
Efectivamente tenéis que facturar y repercutir el IVA. Para ello os tenéis que dar de alta en Hacienda (creo recordar que hay que usar el modelo 036). Lo más operativo es que os deis de alta como comunidad de bienes, dado que vais al 50%.
Creo que en este caso no hay que retener.