El caso es el siguiente: Me han arrendado una casa en un pueblo de Ávila por contratos renovables durante un año. Yo tengo mi domicilio en Madrid, pero uso indistintamente la casa de Ávila durante largas temporadas. Sería este un caso de arrendamiento por temporada?
Hola fbernal. Que un contrato se Arrendamiento sea tipificado de Vivienda o de Temporada depende exclusivamente de si el Arrendatario necesite la vivienda como PERMANENTE o para pasar determinados periodos al año.
En su caso habría que examinar sus condiciones personales,familiares y laborables para determinar el USO(temporal o permanente) que usted,cuando firmó el contrato,pretendía hace rde la casa Arrendada.