Hola carl. Sí, es legal que el arrendamiento lo haga el usufructuario. La única diferencia es que si el usufructo se extingue antes de terminar el arrendamiento, el usufructuario o sus herederos y sucesores sólo percibirán la parte proporcional de la renta que debiere pagar el arrendatario.
me gustaria saber si es legal un contrato de alquiler de un local, donde el que firma como arrendador no es propietario de la finca, sino que lo que tiene es el usufructo de la misma. gracias