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arrendamiento de local no inscrito en registro propiedad

2 Comentarios
 
25/11/2014 14:27
el problema es que el comprador, siendo de buena fe, no tenía por qué conocer la existencia de un alquiler que no consta en el registro. creo que no se puede deshacer la venta por mucho que el arrendador que vende se haya saltado el tanteo con respecto al inquilino. creo.
24/11/2014 20:11
pikaleyes: no sé si he entendido bien el supuesto que plantea, pero si el propietario no ha notificado al inquilino la compraventa, entonces el inquilino sigue teniendo el derecho de tanteo "intacto" y por tanto no puede pedir una indemnización por la pérdida de un derecho que en realidad no ha perdido todavía.
Arrendamiento de local no inscrito en registro propiedad
24/11/2014 09:24
hola, tengo otra pregunta:
existe un arrendamiento de local regido por la ley de 1964. es un arrendamiento que no se ha inscrito en el registro de la propiedad. un buen dia el dueño vende el local a un comprador de buena fe. me parece que la venta no se puede deshacer por no perjudicar a este comprador y que éste tampoco tiene obligacion de soportar el arrendamiento, con lo cual el inquilino debe dejar el local si se lo pide. de todos modos, ¿puede el inquilino expulsado pedir una indemnización al arrendador que vendio (y que deberia haber avisado al inquilino para permitirle ejercer el tanteo)?