Estoy redactando un contrato de arrendamiento de industria. Me surge la duda de si dicho contrato debe pasar por algún organismo oficial, ingresar la fianza en algún lugar o abonar el impuesto de actos jurídicos documentados.
Como veis, voy algo perdida en este tema. Sia alguien me pudiera ayudar. Muchas gracias.
En principio no se me ocurre ningún registro al q pudiera acceder, ni veo demasiada necesidad al respecto. A no ser q estemos hablando de respetables sumas de dinero. En todo caso, y como es gratis, puedes preguntar en la notaría por si te pueden aclarar algo.
Con q se pacten las cláusulas adecuadas para defender los intereses de los firmantes y se contemplen mecanismos de garantía sufiente -amén de asegurarse de la solvencia de los firmantes-, no veo mayores dificultades "a priori". Saludos¡
En todas las capitales, existe la Camara Oficial de Comercio Industria , en la cual se pueden y deben anotar los contratos e incluso depositar las fianzas, en cuanto al Impuesto de Actos Juridicos Documentados, lo cobrará el Notario y si es necesario declarar poprque no este exente, debe realizarse en la Consejeria de Economia y Hacienda de la Comunidada Autonoma correspondiente al ser un impuesto cedido.