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arrendamiento de industria

5 Comentarios
 
Arrendamiento de industria
06/06/2006 00:15
Hace dos meses arrendé un local, y en el contrato figura que es un arrendamiento de industria, y en su punto primero dice que la industria es de Cafetería-Heladería.
Recibí una notificación del Ayuntamiento, en dónde me indicaba que cerrara, ya que iban a proceder al precinto del local, ya que no se habían remitido unas documentaciones sobre la licencia de apertura del local como Cafetería.
Mi gestor se puso al habla con la empresa que figura, diferente a la que me alquila, y me pide una cantidad de dinero por presentar los documentos que solicita el ayuntamiento.
mi pregunta es la siguiente:
Ya que en el contrato figura que se me alquila una cafeteria heladería, ¿ no debería pagar la cantidad solicitada el que me hace el contrato ?
¿ Que es exactamente un contrato de industria ?.

Saludos.
07/06/2006 00:39
El arrendamiento de un local de industria es aquel que representa una unidad patrimonial que sirve para el desarrollo de tal fin en el cual los elementos que la componen son aptos desde un principio para ejercitar dicha actividad y se regirá por lo que las partes establezcan en sus cláusulas y en su defecto por el derecho común, civil o foral. En cambio, el local de negocio es aquel en el que es necesario incluir e introducir los elementos necesarios según sea la actividad que se va a desarrollar en él, y la legislación que se aplicará a este tipo de local será la regulada en la Ley de Arrendamientos Urbanos. Sobre este tema hay disparidad de criterios pero la doctrina mayoritaria y reciente jurisprudencia así lo entienden.

Salu2
07/06/2006 00:56
Se puede entender entonces que el local reune todos los requisitos para que la ACTIVIDAD A DESARROLLAR, sea la de "CAFETERIA" HELADERÍA y eso entra dentro del contrato de arrendamiento de industria ?
07/06/2006 09:55
Estimado piruaz:

Una industria es un todo patrimonial apto para una actividad, en el que está incluido, como un elemento más, el local donde dicha actividad se desarrolla.

Por lo común, este tipo de arrendamientos suelen incluir en su clausulado que el objeto del arrendamiento ( el todo patrimonial) se alquila apto para el desarrollo de la actividad concreta. Si nada se especificó respecto a que el alquiler quedaba condicionado a la obtención de los permisos correspondientes por parte del arrendatario, se entiende que dichos permisos estaban en vigor al momento del arrendamiento, por lo que sería el arrendador el obligado a su obtención y a su abono.

Un cordial saludo.
07/06/2006 13:30
Normalmente ese tipo de contratos se hacen, cuando en el local ya se ha ejercido anteriormente, esa actividad autorizada.
Incluso se supone que el local esta dotado de la maquinaria y enseres necesarios para esa actividad.
Consulten al arrendador por ese aspecto del problema. Si ya habia licencia anterior de actividad, que se las facilite.
27/07/2006 10:23
El ayuntamiento precintó el local, basaba la actuacion en la carencia de licencia munincipal para reali¡zar la actividad.
Mi empresa ha denunciado civil y penalmente a la empresa arrendadora.
El juzgado al que le ha correspondido entiende que es un tema civil, pero yo veo claramente que es penal, dado que ha existido engaño bastante para que se celebrase un contrato cuando en una de las clausulas figura que se tiene una documentacion inexistente, artículo 251.1 del código penal.
que puedo hacer para invalidad la decision del juzgado, y demostrar que realmente he sido engañada, ya que además estos señores no me dan mi dinero, el que puse de fianza.