si resuelvo un contrato de arrendamiento de industria porque en el contrato está previsto la resolución anticipada por cualquiera de las partes y la arrendataria no se va y me sigue ingresando las rentas ¿debo aceptar esas rentas mientras dura el proceso judicial?. Caso de que no deba, puedo comunicarle que las cantidades ingresadas no las entiendo en concepto de renta sino de lucro cesante y entonces sí seguir percibiéndolas?. gracias