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arrendamiento de cochera actualizacion

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Arrendamiento de cochera actualizacion
28/01/2005 17:51
Gracias por anticipado y paso a exponer mis dudas.
Entiendo, y decidme si estoy equivocada, que el arrendamiento de una cochera está excluido de la aplicación de la Ley de Arrendamientos Urbanos y sometido al Código Civil.
Sentado esto, paso a exponer mis dudas.
Mi cliente es propietaria de una cochera que arrendo en el año 2000 fijando una renta de 63,11€ y fijando una cláusula de actualización anual conforme al IPC.
A la fecha de hoy no ha actualizado la renta, y el arrendatario tampoco lo ha hecho de motu propio.
¿Tiene para actualizarla que efectuarle notificación con un mes de antelación?
¿Puede reclamar las cantidades que no ha cobrado como consecuencia de no haber actualizado?
Se que por reciente jurisprudencia, en los arrendamientos urbanos no permiten reclamar los atrasos por actualización no pagados.
¿Se aplicaría lo mismo en este caso, o al regirse por el Código Civil habría que ir al plazo de prescripción común del art. 1964 que son cinco años y aún no han transcurrido?.
Espero vuestras respuestas, aunque realmente no se que hare puesto que el arrendatario, a excepción de la falta de actualización, va cumpliendo puntualmente con mi cliente, y a lo mejor si le requiere de pago de más cantidades y no solo le sube la renta, se pone "por las malas" y por unos 100 o 200 € no merece la pena.
GRACIAS