Habría que ver bastante documentación, pero siquiera sea a título orientativo las respuestas a sus preguntas son las siguientes:
1.- No, lo único que se deduce es que acepta las llaves, nada más.
2.- Tampoco por la misma razón que en 1.
3.- Esta pregunta no tiene sentido porque Ud. mismo afirma que ha resuelto el contrato unilateralmente, por tanto puede alquilárselo a otra persona porque ha sido Ud. mismo quien se lo está permitiendo.
4.- Si puede porque Ud. ha dejado los muebles allí: no se los ha llevado cuando se ha ido después de resolver unilateralmente el contrato, y por lo tanto se considera que los ha abandonado.
5.- Interponga la demanda ya.
6.- Aunque parezca mentira, este pleito es bastante frecuente, y hay muchas sentencias al respecto. La demanda que debe de interponer es la de resolución del contrato por inadecuación del objeto con devolución de las cantidades que haya podido entregar. En cuanto a la posible devolución de las rentas pagadas, depende de si ha explotado o no el local. Si ha “ganado dinero” no podrá pedir las rentas, pero si no ha podido trabajar o no ha podido a pleno rendimiento, sí que podrá pedir la devolución de las rentas o al menos de una parte de las mismas.
Alquile un local donde en el contrato especificaba que estaba siendo explotado como Cafetería Bar Restaurante y que contaba con todas la licencias para su correcta explotación. Más adelante en contrato dice que yo conocía la idiosincrasia del local y lo que permita. Nunca me enseño la licencia y le di una señal. Después cuando hice las reformas y procedí a cambio de titularidad en el Ayuntamiento me informaron que solo tenía una licencia de café Bar sin cocina sin plancha y sin freidora. Le reclame al propietario y me dijo que ya había dado la señal y que tenia la fianza y aval. Intente ampliar la licencia pero es de imposible cumplimiento por la calle donde se encuentra. A la vez hicimos un contrato de compra de enseres donde le fui pagando hasta casi la totalidad de los mismos. En vista de las visitas de la policía donde me informaba que estaba realizando una actividad que no estaba autorizada la de Restaurante y cocina y ante el temor de posible sanciones. Procedí a enviar un buro fax al propietario donde resolvía el contrato de forma unilateral por el incumplimiento en el contrato y que le reclamaba el pago de alquileres pagados, gastos de la remodelación de local, así como la devolución del monto pagado por los enseres, ya que habían sido comprados para ser utilizados en el local. En dicho buro fax le aclaraba que a la fecha del 31 de Julio le entregaría el local y de no asistir el propietario a recibir las llaves en ese mismo acto se consignaría ante notario. El propietario no acudió al acto del 31 de Julio, sino que el 02 de septiembre fue a la Notaria donde retiro las llaves y dejo que todos estaban conformes, sin reservarse acciones posteriores. Actualmente lo está alquilando con los enseres que yo le compre, aunque le deje debiendo una cantidad de los mismos.
Mis preguntas son:
1) El haber recibido las llaves sin haber objetado nada, puede considerarse que acepta los términos del buro fax que yo le envié?
2) El haber recibido las llaves sin comprobar el estado del local puede considerarse que acepta el estado del local?
3) Puede alquilar el local a otra persona sin haber resuelto el contrato conmigo?
4) Puede alquilar el local con los enseres que yo le compré?
5) Que me conviene más esperar que alquile el local a otra persona o interponer antes las demandas correspondientes?
6) Que demandas me aconsejarían interponer?